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Política Antilavado de Dinero
"Copia fiel del Original, una vez impresa es Copia No Controlada"
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1. Política:
En FRANK WHEATLEY DE MÉXICO, S.A. de C.V. no se permite bajo ninguna circunstancia que persona
física o moral alguna utilice o se valga de la empresa como vehículo para llevar a cabo operaciones
que constituyan o pudieran constituir Lavado de Dinero, a través de las relaciones o nculos
contractuales, económicos o de cualquier otro tipo que se establezcan con la empresa.
En virtud de lo anterior, los colaboradores de la empresa tienen estrictamente prohibido participar en
este tipo de operaciones, debiendo observar en forma permanente los principios de conducta
establecidos en el Código de Ética y Conducta, así como lo previsto en la presente Política.
Principios:
1. En caso de tener conocimiento de personas o empresas relacionadas con lavado de dinero,
financiamiento al terrorismo o delincuencia organizada, abstenerse de realizar, establecer o
continuar con cualquier relación u operación con éstas.
2. En FRANK WHEATLEY DE MÉXICO, S.A. de C.V. no se permite ocultar la fuente de los fondos
obtenidos ilegalmente mediante transferencias posteriores para ocultar el origen de los fondos.
3. No está permitido facilitar una transacción, mientras voluntaria o imprudentemente se ignora el
origen de los activos de un inversionista o la naturaleza de las transacciones u operaciones
comerciales del inversionista.
4. En FRANK WHEATLEY DE MÉXICO, S.A. de C.V. se fomenta a los trabajadores estar alerta de
proveedores que ofrezcan suministro de productos a precios menores o iguales que su costo, a
los normalmente ofrecidos en el mercado.
5. Si se detecta una señal de alerta, alguna transacción inusual o sospechosa por parte de algún
trabajador o proveedor, debe notificar al Supervisor de Cumplimiento y/o el Departamento
Legal y se iniciará la investigación correspondiente.
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2. Objetivo
Establecer los principios, procedimientos y normas para proteger a la Empresa FRANK WHEATLEY DE
MÉXICO, S.A. de C.V. y a sus Colaboradores contra riesgos por el uso de recursos de procedencia icita,
también conocido como Lavado de Dinero.
3. Ámbito de aplicación
Esta Política es aplicable a todos los Colaboradores y todos los Terceros en las operaciones que realicen
con FRANK WHEATLEY DE MÉXICO, S.A. de C.V.
4. Definiciones
CONCEPTO
DEFINICIÓN
Actividades vulnerables
Son las operaciones o actividades de FRANK WHEATLEY DE MÉXICO, S.A. de C.V. o sus Colaboradores que
presentan un riesgo elevado de ser consideradas como Lavado de Dinero, conforme a criterios
establecidos en las leyes u otras disposiciones aplicables, o bien por su riesgo intrínseco evaluado por las
Áreas Responsables.
Áreas expuestas
Son las áreas funcionales o unidades de negocio que participan en Actividades Vulnerables o que de
alguna otra manera están expuestas a riesgos elevados de Lavado de Dinero.
Áreas responsables
Son las instancias dentro de la empresa, encargadas de desarrollar o aplicar controles, procedimientos,
protocolos, criterios y otras medidas para implementar las disposiciones de esta Política y son Fiscal, Control
Interno, Auditoría y Jurídico.
Buzón de transparencia
Es el canal administrado por un tercero independiente experto, para recibir y canalizar denuncias y
consultas relacionadas con nuestro Código de Ética y Políticas Generales, “Dudas y denuncias.
Colaborador (es)
Toda persona que tiene una relación laboral bajo un contrato escrito individual de trabajo con FRANK
WHEATLEY DE MÉXICO, S.A. de C.V. El término incluye al personal temporal, becarios, honorarios y miembros
de los Órganos del Gobierno Corporativo.
Debida Diligencia
Investigación reputacional y de antecedentes de actos y litigios de una empresa o persona previa a la
contratación y/o firma de un contrato o acuerdo con un Tercero para identificar potenciales riesgos de
Corrupción, lavado de dinero o de otra naturaleza.
Criterio de riesgo
Es la identificación y análisis que se realiza en torno a la posibilidad de que un tercero y/o una actividad
específica le permita usar a Arca Continental o cualquiera de sus subsidiarias para fines de lavado de
dinero, determinando un mayor o menor índice de riesgo que indicará la forma de abordarlo.
Lavado de dinero
Es el proceso a través del cual se encubre el origen de los fondos o activos obtenidos a través de
actividades ilícitas, para que aparezcan como el fruto de actividades legítimas y circulen sin problema o
sospecha en el sistema financiero. En la práctica, las operaciones de Lavado de Dinero suelen involucrar
cuentas bancarias en países con poca supervisión, el uso de prestanombres o empresas fantasma,
múltiples capas intermedias, entre otros mecanismos. El Lavado de Dinero es un delito grave que puede
resultar en fuertes afectaciones legales, económicas y de reputación, tanto para la Empresa como para
sus Colaboradores, incluyendo prisión.
Línea de denuncias
Es el canal administrado por un tercero independiente experto, para recibir y canalizar denuncias y
consultas relacionadas con nuestro Código de Ética y Políticas Generales, “Dudas y denuncias por vía
telefónica.
Manual de Ética
Es el conjunto coordinado de políticas, controles, procedimientos y órganos corporativos, diseñado para
cumplir con nuestro Código de Ética y Políticas Corporativas, administrado por el Oficial de Cumplimiento.
Socios comerciales
Se refieren a entidades que forman parte de una relación de negocio con FRANK WHEATLEY DE MÉXICO,,
S.A. de C.V. con el fin de generar una ventaja competitiva. Estas relaciones se establecen mediante
acuerdos contractuales en los que cada una de las partes aporta cualidades y características que la otra
necesita para un fin determinado.
Supervisor de Cumplimiento
Es el trabajador de FRANK WHEATLEY DE MÉXICO,, S.A. de C.V. encargado de la Implementación y
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Supervisión de las Políticas Internas Anticorrupción y Antilavado de dinero.
Tercero (s)
Son todos los consultores, representantes, distribuidores, agentes, concesionarios, asesores generales,
subcontratistas, franquiciatarios, contadores, abogados, representantes de ventas, agentes aduanales,
intermediarios similares o cualquier proveedor de servicios con quienes FRANK WHEATLEY DE MÉXICO, S.A.
de C.V. podrían tener relación. De igual forma, este concepto incluye a los Socios Comerciales y
Asociaciones con los que FRANK WHEATLEY DE MÉXICO, S.A. de C.V. hace negocios, así como cualquier
persona que tenga interacción con entidades o Servidores Públicos y cuyas actividades sean realizadas en
nombre y representación de FRANK WHEATLEY DE MÉXICO, S.A. de C.V.
Ventaja indebida o Beneficio
indebido
Ventajas o beneficios que son ilegales o pretenden evadir el cumplimiento con las leyes o regulaciones,
manual de ética y conducta o políticas internas, principalmente en materia de soborno, corrupción,
extorsión, prácticas de mercado, conflictos de interés y mercado de valores.
5. Disposiciones generales
FRANK WHEATLEY DE MÉXICO, S.A. de C.V. reconoce los efectos nocivos del lavado de dinero en la
construcción de sociedades democráticas y en el desarrollo de economías sostenidas y sustentables, así
como el impacto adverso en la reputación de las empresas que participan, directa o indirectamente,
en la realización de dichas actividades.
En virtud de lo anterior, los colaboradores están comprometidos con los mejores y más altos estándares
de conducta en el desempeño de sus funciones y actividades, observando en todo momento la
regulación aplicable, especialmente en sus relaciones con los clientes, proveedores, accionistas,
colaboradores, la sociedad y las autoridades en general.
La empresa ofrece y exige a sus clientes y proveedores un trato honesto, justo, equitativo y transparente,
por lo que en las negociaciones de servicios y bienes buscamos el mejor interés para la empresa dentro
de este marco y una relación de beneficios recíprocos, sin practicas indebidas ni ventajas personales.
5.1. Antilavado de dinero
Para proteger a la Empresa FRANK WHEATLEY DE MÉXICO, S.A. de C.V. y sus Colaboradores contra
riesgos de Lavado de Dinero, los Colaboradores deberán manejarse dentro de las siguientes directrices
para el cumplimiento de esta política:
a. Legalidad e Integridad. La empresa opera con apego a la ley y la integridad, lo cual incluye adoptar
las medidas apropiadas para cuidar la legitimidad de los recursos que recibe de sus clientes y otras
contrapartes. La Empresa pone a disposición de sus Colaboradores herramientas para detectar, evitar y
reportar situaciones de riesgo relacionadas con Lavado de Dinero.
b. Los Colaboradores. Según sus responsabilidades y funciones, deben conocer y utilizar las herramientas
indicadas en el inciso anterior.
c. Criterio de Riesgo. Las áreas responsables encargadas de los controles, procedimientos, protocolos y
otros elementos relacionados con esta Política deben basarse en criterios de riesgo, identificados y
evaluados con metodologías sólidas y consistentes con la gestión de riesgos del Sistema de Ética y
Cumplimiento y las regulaciones aplicables.
d. Transparencia. Todos los Colaboradores, pero particularmente los pertenecientes a Áreas Expuestas,
deberán consultar con el departamento jurídico local o con el Supervisor de Cumplimiento de FRANK
WHEATLEY DE MÉXICO, S.A. de C.V. al participar en operaciones que podrían estar expuestas a riesgos
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de Lavado de Dinero o en caso de tener cualquier duda sobre la aplicación o interpretación de esta
Política.
e. Identificación. Las Áreas Responsables deben mantener un registro actualizado de Actividades
Vulnerables para su gestión conforme a esta Política, así como identificar las Áreas Expuestas
periódicamente, según se requiera para cumplir con esta Política.
5.2. Responsabilidad individual. Los Colaboradores de FRANK WHEATLEY DE MÉXICO, S.A. de C.V.
deben cuidar la legalidad e integridad de las operaciones en que intervienen, lo que incluye conocer a
los clientes y contrapartes con quienes interactúan en el desempeño de sus funciones. Dichos
Colaboradores tienen estrictamente prohibido participar o contribuir en cualquier tipo de actividad
ilícita, por lo que deberán denunciar cualquier acto que atente contra esta Política o la legalidad e
integridad de nuestras operaciones, a través del Buzón de Transparencia u otros canales disponibles.
6. Capacitación
Los Colaboradores deben familiarizarse con el contenido de esta Política y participar la capacitación
sobre la misma. Su incumplimiento se considera como una falta y podrán aplicarse medidas
disciplinarias.
El área de Recursos Humanos es responsable de asegurar que los nuevos Colaboradores tengan
conocimiento de esta Política y de que se incluya en los programas anuales de capacitación.
7. Supervisión y Verificación del apego a la Política
Es responsabilidad de los Directivos, jefes inmediatos, supervisores o de quienes realicen las
contrataciones de terceros hacer cumplir la Política, liderar con el ejemplo y proveer orientación a los
Colaboradores. El área Directiva será la encargada de asignar al Responsable de supervisar que se
difunda e implemente la presente Política, así como evaluar periódicamente su eficacia y en su caso,
proponer las medidas adecuadas para solventar las deficiencias que se identifiquen.
8. Cumplimiento
La presente Política Antilavado de dinero de la empresa FRANK WHEATLEY DE MÉXICO, S.A. de C.V., fue
aprobado en su Versión Inicial 00 _ por Ing. Ramón Samuel Schoelman Sánchez, Representante Legal.
9. Consecuencias del Incumplimiento
El incumplimiento a esta Política y a las leyes antilavado pueden originar amonestaciones, sanciones
civiles y penales. Las sanciones pueden ser aplicadas tanto a nivel individual (personas físicas), como
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persona moral, inclusive si los actos se realizaran fuera de México. Es responsabilidad de los
Colaboradores:
- Entender y cumplir esta Política, la de Integridad y el Manual de Ética y Conducta.
- Asegurar que el equipo de trabajo a su cargo conozca y cumpla los lineamientos de esta
Política.
- Ayudar a prevenir actos de Antilavado, estar alertas de cualquier incumplimiento y en caso de
presentarse, reportarlo.
- En caso de ser responsables de relaciones con Terceros, asegurar que están familiarizados y se
apeguen a esta Política, la de Integridad y el Manual de Ética y Conducta.
- Contactar al área de RH Interna en caso de dudas. El incumplimiento de esta Política puede dar
lugar a las siguientes sanciones dependiendo de su gravedad:
a) Amonestación verbal.
b) Llamada de atención por escrito.
c) Suspensión temporal de funciones o de ciertos beneficios.
d) Terminación de la relación laboral.
e) Otras que procedan legalmente, incluyendo la reparación del daño.
La Dirección General es la responsable de determinar cualquier acción disciplinaria dependiendo de la
gravedad de la falta. De forma externa la sanción será determinada conforme a las leyes aplicables por
la instancia correspondiente. El incumplimiento de esta Política por parte de Terceros puede resultar,
como mínimo, en la cancelación de la relación comercial y reparación del daño.
9.1. Reportes de Incumplimiento a la Política
Conforme a lo establecido en el Manual de Ética y Conducta, los colaboradores podrán acudir con
Vanesa Schoelman Vargas cuya oficina se encuentra en Brisa manzana 14 lote 19 Col. El Molino,
Ixtapaluca Estado de México CP.56553, o en su caso, deben reportar cualquier incumplimiento a la
Política de Antilavado de dinero que conozcan, incluyendo actos promovidos por autoridades en
funciones, en la Línea de Denuncias disponible las 24 horas del día, los 365 días del o, la cual está
disponible a través de los siguientes medios:
a. Teléfono: (55) 5974 6582
b. Dirección de correo: frankwheatley@frankwheatley.com
c. Página de Internet: www.frankwheatleymexico.com